El Gobierno de España ha confirmado que llevará a cabo una regularización extraordinaria de inmigrantes (conocida popularmente como “amnistía”), con el objetivo de proporcionar una vía para obtener la residencia legal a cientos de miles de personas en situación irregular. Esta medida surge de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que recogió más de 700.000 firmas, demostrando un amplio apoyo social. Se prevé que la medida se apruebe mediante un Real Decreto-ley, abriendo un nuevo capítulo para cerca de 500.000 inmigrantes.
Requisitos clave para la solicitud
Para solicitar la regularización, será imprescindible cumplir de manera estricta con las siguientes condiciones:
- Fecha de entrada: Haber llegado a España antes del 31 de diciembre de 2025.
- Prueba de residencia continuada: Demostrar una residencia continuada en España de al menos cinco meses a fecha de 31 de diciembre de 2025. Esto implica que el solicitante debe haber llegado a España, como muy tarde, antes del 31 de julio de 2025 y no tener registros de salidas del país durante ese periodo.
- Antecedentes penales: El solicitante no debe tener antecedentes penales.
Fuera de estos tres puntos, por ahora no se contemplan requisitos adicionales, aunque la exigencia de continuidad en la residencia supone una limitación para quienes hayan salido brevemente del país en ese intervalo.
Plazos y procedimiento de solicitud
Según la información actual, se espera que el plazo de solicitud se abra oficialmente a principios de abril de 2026 y finalice el 30 de junio de 2026. Un aspecto destacable es que, según algunas fuentes, una vez presentada la solicitud, el solicitante podría obtener automáticamente una autorización de residencia y trabajo provisional sin tener que esperar a la resolución final. Esto le permitiría empezar a trabajar y cotizar a la Seguridad Social de inmediato. El proceso de aprobación podría ser relativamente rápido, con informaciones que sugieren que podría completarse en tan solo 15 días.
Documentación esencial
El solicitante deberá preparar los siguientes documentos:
- Pasaporte: Copia completa y legible de todas las páginas del pasaporte en vigor.
- Certificado de empadronamiento: El Padrón Histórico es el documento clave para acreditar la residencia continuada durante los cinco meses previos al 31 de diciembre de 2025. Si existen interrupciones o irregularidades en el padrón, se pueden utilizar otros documentos de respaldo para probar la presencia en España durante ese periodo.
- Certificado de antecedentes penales: Debe presentarse el certificado del país de origen (y de los países donde se haya residido en los últimos años), debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya.
Tipo de autorización y perspectivas de futuro
Esta regularización concederá una autorización de residencia temporal por un año. Una de las grandes ventajas de este permiso es que autoriza a trabajar, tanto por cuenta ajena (para un empleador) como por cuenta propia (como autónomo). Al finalizar el año de vigencia, el titular podrá modificar su autorización a otro tipo de residencia según su situación, como una residencia de trabajo, residencia para emprendedores o una residencia no lucrativa, facilitando así su integración a largo plazo en la sociedad española.
Incertidumbres y cuestiones pendientes
Aunque la regularización parece un hecho, el texto normativo final aún no se ha publicado, por lo que los detalles de implementación específicos todavía pueden cambiar. Los partidos de la oposición ya han manifestado su rechazo y podrían recurrir la norma ante el Tribunal Constitucional para intentar frenar su aplicación. Además, todavía no hay una respuesta clara sobre si las personas que ya tienen una estancia por estudios, búsqueda de empleo o residencia no lucrativa pueden renunciar a su situación actual para acogerse a esta regularización. Todas estas cuestiones deberán ser aclaradas en la regulación definitiva.