Antecedentes: la sentencia de 2019 sobre la pensión
El caso se origina en una sentencia del 11 de diciembre de 2019, cuando el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4 de Sevilla dictaminó que el demandado, un hombre que regentaba dos prósperas peluquerías, debía abonar una pensión alimenticia de 120 euros mensuales por cada uno de sus dos hijos menores. Esta decisión estableció su obligación legal como padre.
Falsa insolvencia para suspender el pago
Años más tarde, el hombre presentó una demanda de modificación de medidas para suspender el pago de la pensión. Alegó un empeoramiento sustancial de su situación económica, afirmando que las dos peluquerías que regentaba habían cerrado. Para dar credibilidad a su versión, aportó al juzgado varios documentos, incluyendo declaraciones de la renta, liquidaciones de IVA y un certificado de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) con efecto desde junio de 2022.
El juicio: un vídeo desmonta la mentira
Durante el juicio, la madre de los niños y su abogado se opusieron firmemente a la modificación, argumentando que el hombre seguía gestionando la peluquería. Para demostrarlo, dos testigos declararon confirmando que el negocio continuaba abierto. Uno de ellos incluso aportó un vídeo grabado en el interior del local, donde se veía claramente al padre atendiendo a un cliente. Este vídeo se convirtió en la prueba clave e irrefutable que desmontó la mentira de su supuesta dificultad económica.
Dura sentencia: solicitud denegada y doble investigación
El tribunal concluyó que, a pesar de haberse dado de baja como autónomo, el peluquero seguía explotando el negocio de forma encubierta y que los documentos financieros aportados no reflejaban su situación económica real. En consecuencia, el juzgado desestimó íntegramente su solicitud para dejar de pagar la pensión y lo condenó a pagar todas las costas del proceso.
Aún más grave, la decisión judicial no se detuvo ahí. Con base en el artículo 94 de la Ley General Tributaria, el tribunal decidió remitir formalmente la información del caso a la Agencia Tributaria para que investigue posibles infracciones fiscales. Al mismo tiempo, el expediente fue enviado al Juzgado de Instrucción correspondiente para evaluar si sus acciones constituyen delitos de falsedad documental o estafa procesal. Esto significa que lo que comenzó como un intento de evitar el pago de la pensión podría convertirse ahora en un serio problema con consecuencias penales y administrativas.