Nueva deducción en Andalucía: los gastos veterinarios desgravan
Según la nueva normativa anunciada recientemente por la Junta de Andalucía, en la próxima campaña de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF/Renta), que comenzará el 8 de abril de 2026, los contribuyentes con domicilio fiscal en esta comunidad autónoma podrán, por primera vez, solicitar una deducción por los gastos veterinarios de sus mascotas. Esta política busca hacer frente al creciente coste de mantenimiento de los animales de compañía y vincular directamente el bienestar animal con los incentivos fiscales.
Cuantía y alcance de la deducción
Esta deducción no es un reembolso directo, sino que se aplica reduciendo la cuota íntegra autonómica a pagar. Los detalles son los siguientes:

- Porcentaje de deducción: El 30% de los gastos en servicios veterinarios que cumplan los requisitos.
- Límite anual: El importe máximo de la deducción es de 100 euros anuales por declaración. Este límite se aplica por contribuyente y no es acumulable, aunque se tengan varias mascotas.
- Gastos cubiertos: Los gastos deducibles incluyen consultas clínicas, pruebas diagnósticas, vacunaciones, medicamentos recetados, intervenciones quirúrgicas y servicios de medicina preventiva.
Para aplicar la deducción, el contribuyente deberá disponer de las facturas oficiales emitidas por un veterinario colegiado que justifiquen los gastos.
Requisitos de acceso y condiciones diferenciadas
La política establece umbrales claros sobre el origen y la fecha de adquisición de la mascota para poder beneficiarse de la deducción, con el objetivo de fomentar el principio de “adopta, no compres”.
- Fecha de adquisición: La medida solo se aplica a mascotas adquiridas (compradas o adoptadas) a partir del 1 de enero de 2025.
- Mascotas compradas: En el caso de mascotas compradas, la deducción fiscal solo podrá solicitarse durante el primer ejercicio fiscal posterior a la compra.
- Mascotas adoptadas: Para los animales obtenidos a través de la adopción, este beneficio fiscal se podrá disfrutar durante tres años consecutivos.
- Perros de asistencia: En el caso de perros de asistencia, como los perros guía, no existe un límite de años para disfrutar de la deducción, lo que refleja un apoyo a largo plazo para este tipo de animales.
Contexto y objetivos de la medida
La Junta de Andalucía ha señalado que, en los últimos años, los costes de las consultas, tratamientos y medicamentos veterinarios han experimentado un aumento constante, generando una presión económica para muchas familias con mascotas. La introducción de esta medida tiene como fin compensar eficazmente una parte de estos gastos y ofrecer un apoyo económico real a los hogares. Al mismo tiempo, al ofrecer un período de beneficio más prolongado para los animales adoptados, el gobierno busca incentivar y promover activamente la tenencia responsable de mascotas, contribuyendo así a la mejora general del bienestar animal.