Recientemente, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha emitido una sentencia firme en un sonado caso de negligencia policial, desestimando el recurso de un sargento de la Guardia Civil y confirmando su sanción de “20 días de suspensión de empleo y sueldo”. Este caso subraya la importancia del deber de protección de los agentes de la autoridad en casos de violencia de género.
Cronología del caso: la víctima, agredida de nuevo tras la marcha del agente
Los hechos ocurrieron en junio de 2023, cuando el sargento de la Guardia Civil acudió a un domicilio para intervenir en un aviso por violencia machista. Al llegar, constató que el agresor, la pareja de la víctima, había huido y no había sido detenido. Sin embargo, el sargento no adoptó las medidas de protección adecuadas. Se limitó a recomendar verbalmente a la mujer que acudiera al hospital para obtener un parte de lesiones y que presentara una denuncia formal. Tras esto, abandonó el lugar, dejando a la víctima y a su hijo solos en la vivienda.
De forma alarmante, apenas dos horas después de que el agente se marchara, el agresor regresó a la vivienda y propinó a la víctima una segunda paliza, aún más grave.
Negligencia grave: fallo en la valoración del riesgo y falta de protección
La valoración de riesgo oficial realizada posteriormente reveló que la víctima se encontraba en una situación de “riesgo extremo”. La sentencia señala que concurrían múltiples factores que agravaban el peligro, como la persistencia de la violencia, la dependencia emocional o económica de la víctima hacia el agresor y la presencia de hijos menores. En estas circunstancias, debería haberse activado el protocolo de protección de máximo nivel.
No obstante, el sargento implicado cometió un grave error de juicio en el lugar de los hechos. No supo valorar correctamente el peligro potencial e inminente, ni tampoco proporcionó a la víctima las garantías de seguridad reglamentarias, como ofrecerle acompañamiento o solicitar una orden de protección de emergencia. Su conducta fue calificada por el órgano disciplinario como una “grave falta de cumplimiento de los deberes profesionales y negligencia grave”, constitutiva de una falta administrativa.
Fallo judicial: el Supremo desestima el recurso y mantiene la sanción
Aunque la causa penal abierta por estos hechos fue archivada previamente, el procedimiento disciplinario interno de la Guardia Civil sí determinó la responsabilidad administrativa del sargento. Disconforme con la sanción, el agente recurrió hasta llegar a la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo subraya en su sentencia final que, al gestionar casos de violencia de género, los agentes de la autoridad deben priorizar la seguridad de la víctima por encima de todo. El tribunal considera que el sargento, a sabiendas de que el agresor estaba huido y el peligro no había cesado, dejó a la víctima en una situación de total desprotección, una acción que contribuyó directamente a que se produjera la segunda agresión. Por todo ello, el tribunal declaró que sus motivos de apelación no eran fundados y, en consecuencia, desestimó el recurso, confirmando la sanción administrativa impuesta.