El Gobierno de España ha anunciado que el nuevo Reglamento General de Circulación entrará en vigor oficialmente el 1 de octubre de este año. El núcleo de esta reforma legislativa es reforzar la protección de los colectivos más vulnerables en el tráfico, mejorando integralmente el nivel de seguridad vial en España mediante la introducción de una serie de normas de circulación detalladas y estándares de seguridad obligatorios.
Primera definición de “usuarios vulnerables de la vía”
La nueva normativa introduce y define por primera vez el concepto legal de “usuarios vulnerables de la vía”. Esta definición engloba a aquellos grupos que, por su modo de desplazamiento (como peatones o ciclistas), edad o condición física, se enfrentan a un mayor riesgo de sufrir lesiones en accidentes de tráfico. Esto proporciona una base jurídica sólida para el futuro desarrollo de políticas de gestión de tráfico diferenciadas y la optimización de la seguridad vial para estos colectivos específicos.

Nuevos estándares de seguridad para VMP y bicicletas
Para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos, la nueva normativa establece una edad mínima de conducción de 15 años. Además, obliga a los conductores a usar casco de protección y chaleco reflectante durante la noche, en condiciones meteorológicas adversas o en cualquier situación de baja visibilidad, para aumentar su visibilidad y prevenir colisiones.
Para los ciclistas, la normativa también endurece los requisitos de seguridad, eliminando las exenciones anteriores que permitían no usar casco en determinadas circunstancias, con el objetivo de reducir el riesgo de lesiones graves y muertes en accidentes de ciclismo mediante una regulación obligatoria.
Nuevas normas de vestimenta y circulación para motoristas
La regulación para los conductores de motocicletas se ha reforzado considerablemente. La nueva ley estipula que es obligatorio usar calzado cerrado al conducir una motocicleta en cualquier tipo de vía, prohibiendo expresamente el uso de chanclas o sandalias. Además, será obligatorio el uso de guantes de protección al circular por vías interurbanas. Incumplir estas normas de vestimenta se considerará una infracción grave, sancionable con multas de hasta 200 euros.
En cuanto a las normas de circulación, también se han introducido ajustes:
- Tramos congestionados: Siempre que esté debidamente señalizado, las motocicletas podrán circular por el arcén derecho, pero sin superar los 30 km/h.
- Adelantamiento de vehículos inmovilizados: Al pasar junto a vehículos detenidos por accidente, avería o retención, las motocicletas deberán mantener una distancia de seguridad lateral de al menos 1,5 metros y reducir su velocidad en al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía.
- Condiciones meteorológicas adversas: En caso de cierre de la carretera por nevada, se prohíbe a todos los vehículos realizar adelantamientos. Deberán circular por el carril derecho para dejar libre el carril izquierdo para el paso de vehículos de emergencia.
Protección obligatoria para repartidores profesionales: multas de hasta 200 euros
Para el colectivo de repartidores profesionales, como los de comida a domicilio, la nueva normativa establece un estándar obligatorio específico. Se les exige llevar siempre casco de protección y chaleco reflectante durante su jornada laboral, tanto de día como de noche, sin ninguna exención posible. Cualquier incumplimiento de esta norma será considerado una infracción grave y se enfrentará a multas de hasta 200 euros.